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domingo, 08 de septiembre de 2024 00:00h.

Intersindical insta a la Consejería de Sanidad a la creación urgente de la categoría de Óptico Optometrista en el Servicio Canario de Salud

 

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Intersindical insta a la Consejería de Sanidad a la creación urgente de la categoría de Óptico Optometrista en el Servicio Canario de Salud

 

          Los profesionales Ópticos Optometristas del Hospital Universitario de Canarias, según pretende la Gerencia del HUC y la dirección del Servicio Canario de Salud estos profesionales, incongruentemente, van a pasar a ser cubiertos en sus vacaciones y permisos reglamentarios por parte de Enfermeros.

            La Administración esgrime que se debe a la actual inexistencia en el Servicio Canario de Salud, de la mencionada categoría; que desde Intersindical Canaria consideramos imprescindible en el catálogo de prestaciones para garantizar la salud visual de la población canaria.

Los Ópticos-Optometristas son profesionales sanitarios universitarios, de conformidad con la Ley de ordenación de las profesiones Sanitarias (LOPS), y personal estatutario de los servicios de salud del conjunto del estado, que desarrollan entre otras las actividades dirigidas a la detección de los defectos de la refracción ocular, a través de su medida instrumental, a la utilización de técnicas de reeducación, prevención e higiene visual, y a la adaptación, verificación y control de las ayudas ópticas.

Se trata, por consiguiente, de una profesión sanitaria consolidada y reconocida que utiliza técnicas científicas y clínicas con procedimientos de eficacia contrastada en el cuidado, prevención y promoción de la salud visual de la población. 

La inclusión en la Sanidad Pública Canaria de los Ópticos-Optometristas en número suficiente, y en la proporción adecuada, contribuye a mejorar la atención sanitaria visual de los pacientes. Donde ya están incluidos, se ha demostrado una mejora resolutiva real, con un incremento de la eficiencia y una disminución drástica de las dilatadas listas de espera de las consultas de Oftalmología, contribuyendo además, a racionalizar el gasto, los recursos sanitarios ayudando a optimizar la actividad de los Servicios de Oftalmología, pudiendo disponer de los Oftalmólogos dedicados fundamentalmente al manejo de las patologías y a la cirugía, con lo cual mejora el rendimiento y eficiencia del servicio.   

            Es por ello que, mediante comunicación escrita a la consejería, la dirección del Servicio Canario de Salud y la Mesa Sectorial de Sanidad, hemos instado la creación urgente de la categoría profesional de Óptico Optometrista en el Servicio Canario de Salud, recogida en el Real Decreto 184/2015, de 2025, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales de personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización, resaltando, además, en cuenta que ya ha sido creada en 11 Comunidades autónomas.

En esta cuestión como en muchas otras, el Servicio Canario de Salud, camina en sentido contrario a lo que lo hace el Sistema Nacional de Salud, incidiendo en una deficiente gestión cuyos negativos resultados quedan evidenciados en los paupérrimos indicadores en la sanidad y protección de la Salud que recibimos los canarios.

 

          Tenerife, 18 de julio de 2024.

 

                                                                     Secretariado Nacional de Salud

INTERSINDICAL CANARIA FEDERACIÓN DE SALUD

 

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